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Enlace a la entrevista a Eugenio Ribón, Abogado experto en Derecho de Consumo, miembro de la Plataforma «Justicia para Todos» y Premio Puñetas de Oro 2015, publicada por lawyerpress.com el 10/11/2015

http://www.lawyerpress.com/news/2015_11/1011_15_001.html

 

 

 

 

¿Usted como experto en derecho de consumo, cree que el consumidor español tiene la protección que merece?

El consumidor tiene una buena protección jurídica y una mala protección en la práctica.  A nivel colectivo lo que hay que lograr es la legitimación de procesos colectivos de carácter penal donde hay una sentencia de la Audiencia Nacional sobre este tema, tirando por tierra la doctrina del Supremo sobre la acusación particular en el caso Air Comet.

Por otro lado, las acciones colectivas en defensa de los intereses generales en las que se pide una indemnización sigue siendo un terreno complicado de practicar en España.  A los bancos no les importa que se les detecte una cláusula nula mientras no afecte a todos sus usuarios y les obligue a todos a reclamar.

El resto de los temas son más cuestiones de control y vigilancia del mercado que de la aplicación de la propia normativa. Es fundamental que existan medios materiales y humanos para que dicha normativa se cumpla.

“No se entiende que por un incumplimiento tan pequeño el banco quiera resolver la hipoteca de una familia. Mientras tanto en Alemania, Francia o Italia la resolución de los contratos supone llegar hasta el 20 por cien del mismo.”

¿A dónde debe ir a reclamar un consumidor si ve sus derechos perjudicados?

Hay varias asociaciones de consumidores y usuarios que le van a atender bien. Algunas de ellas pueden llegar a la defensa judicial de los intereses de ese consumidor.

Dicho esto hay que recordar que son asociaciones privadas y prestan servicio a sus socios. Solo CEACU presta el servicio sin que seas socio de la misma.

En el futuro veremos más acciones de clase colectivas donde el consumidor podrá agrupar su problema similar al de otros y así ajustar costes del propio procedimiento.

Da la sensación que el consumidor reclama ahora más que antes. Se ha perdido un poco el miedo a luchar contra las grandes empresas.

Y los datos lo corroboran. En el caso del transporte aéreo el 95 por ciento de las demandas de los consumidores salen estimadas. Aquellos  procedimientos  menores de 2000 euros no tendrá que contratar abogado y procurador y su coste será menor. Por último, hay que darse cuenta que con estas reclamaciones se logra sanear el mercado.

Arbitraje de consumo o pleito, ¿qué utilizamos?

El arbitraje de consumo funciona en algunos casos. Sin embargo, hay que acudir al juzgado en la mayoría de asuntos.  Hay muy pocas empresas adheridas al sistema arbitral aún que no llega ni al 5 por ciento.  En otros sectores esa adhesión es nula como en el sector aéreo o  en el campo de las entidades financieras.

Bruselas pide ahora a los bancos españoles que devuelvan el dinero recibido de las cláusulas suelo con efecto retroactivo.

Parece claro que se ha contravenido el artículo seis de la Directiva de Condiciones Generales. En ella se dice que las cláusulas nulas no generan ningún efecto mientras que los tribunales españoles dicen lo contrario, que hay efecto desde su contratación hasta mayo del 2013. Es evidente que se vulnera la letra y el espíritu de dicha directiva.

Esto ha hecho que países como Eslovaquia y la UE hayan informado en contra y que se hayan planteado cuestiones prejudiciales en Álava, Cantabria, Alicante o Granada. Desde esta perspectiva se advierte la pérdida de la autoridad moral del Tribunal Supremo en esta cuestión ante todo lo que está pasando.

Sobre las sentencias que vamos teniendo alguna señalan con cierta ironía que la devolución de ese dinero no supone un quebranto del orden público estatal.  Técnicamente se puede devolver ese dinero que se ha cobrado de más. Estoy seguro que se devolverá después de estas próximas elecciones generales.  Se habla de unos 20.000 millones de euros que habrá que devolver.

Un fallo importante que advierte al ciudadano que la todopoderosa banca es batible.

Eso es cierto, sentencias como las que están llegando desde diferentes tribunales animan al consumidor a reclamar y a defender sus derechos, en algunos casos vulnerados.   En estas circunstancias el ciudadano defiende con uñas y dientes sus ahorros de toda una vida, en cuestiones de este tipo o en los propios asuntos de preferentes que ya son vox populi.

“Mejor un pleito que un arbitraje para recuperar el dinero de las preferentes. Con el arbitraje se le hace una quita al usuario; la banca no paga intereses de demora ni se le condena en costas. El arbitraje ha sido un chollo para la banca, en definitiva.”

Sobre las preferentes, pese a que se planteaba la opción del arbitraje, los pleitos han ayudado a que estos pequeños ahorradores recuperasen casi todo su dinero.

Desde luego, en un año, los ahorradores han recuperado la mayor parte de sus ingresos. La cuestión del arbitraje fue una especie de capote para la banca y poco positivo para el consumidor. Este arbitraje se prorrogó en junio del 2013 por un mes de modo súbito, entendimos luego que era una estrategia para buscar la caducidad de la acción.

También se pretendía que al arbitraje fueran menores e incapacitados en lugar de pedir amparo, como sería lo normal al propio Ministerio Fiscal. Con el arbitraje se le hace una quita al usuario; la banca no paga intereses de demora ni se le condena en costas. El arbitraje ha sido un chollo para la banca, en definitiva.

A nivel judicial, los criterios están muy asentados. Los jueces han visto que ha sido un escándalo.  Esto ha hecho que hayan surgido en los últimos meses despachos especializados en esta materia. Se mueve mucho dinero, en definitiva. Ahorros de gente mayor que son cantidades importantes porque lograron con esfuerzo estas cantidades.

Otro tema sangrante para muchos consumidores es el hipotecario. Pese a las llamadas al orden del TJUE europeo, el legislador español sigue yendo a su aire.

Es un sonrojo contínuo al legislador español las llamadas de atención que ha recibido por su falta de diligencia en modificar una normativa que expulsa a muchas familias de la sociedad. Lo único que ha hecho es parchear el tema y mejorar las condiciones de ejecución de la banca, realmente.

El vencimiento hipotecado que son tres mensualidades y que se ha modificado, es el 0,9 por cien del total de la hipoteca. No se entiende que por un incumplimiento tan pequeño el banco quiera resolver su contrato.  Mientras tanto en Alemania, Francia o Italia la resolución de los contratos supone llegar hasta el 20 por cien del mismo.  Ojala tras las elecciones generales se haga una reforma adecuada para adaptarnos a la legislación europea.

Por otro lado, las otras modificaciones relacionadas con los intereses de demora ya se estaban aplicando vía jurisprudencial de forma más contundente que la norma española. Luego hemos visto que se han modificado los plazos de prescripción: para reclamar una acción de preferentes se ha pasado de quince a 5 años sin embargo la acción hipotecaria se mantiene en veinte años, en beneficio de la banca.

Tampoco se ve que el Código de Buenas Prácticas que suscribieron diferentes entidades financieras de forma voluntaria haya sido la panacea, pocos deudores se han visto beneficiados.

Las ejecuciones hipotecarias siguen siendo muy altas y ahora esperamos qué va a pasar con las ejecuciones relacionadas con fondos buitres. En ellas al usuario no se le permite ejercer su derecho al retracto cuando el banco vende por menos dinero del original ese crédito a un fondo buitre.

Otro asunto que preocupa es el de los prestamistas sin escrúpulos que se apropian de viviendas ajenas tras préstamos abusivos e irregulares.

Aquí hay un doble problema, una normativa antigua de 1909 fecha en la que se aprueba la llamada Ley de Usura que para su época fue buena pero que se ha quedado anticuada. Y la otra cuestión la necesidad de controlar a estos prestamistas por las autoridades. De momento el Registro de Prestamistas que hay, ha funcionado poco.

Para este tipo de temas es fundamental contar con voluntad política para resolver este tipos de asuntos y dotar de medios materiales efectivos al organismo que controle esta actividad. Hasta ahora las CCAA, de las que depende a nivel de consumo, pocos medios han tenido para frenar esta lacra.

Leemos hace días en prensa que la CNMV multa a un operador con 120.000 euros por impedir el cambio de operador.

Noticia importante, sin duda por lo que ello supone. De todas formas hay que ver la multa en relación a la perspectiva de ganancia del operador. Habría que ver qué beneficios ha tenido por la retención ilícita de esos usuarios.  De esa forma se desincentivaría este tipo de prácticas ilícitas a nivel económico.

Usted impulsa desde hace un año una Sección de Derecho de Consumo en el ICAM. ¿Qué balance puede hacer de esta iniciativa?

La sección nació con un doble fin: en primer lugar, dar una formación rigurosa a los colegiados de cara a que puedan defender mejor los derechos de los consumidores clientes. Con ello queremos romper el desequilibrio entre los grandes despachos que asesoraban a las compañías y la figura del consumidor, ahora mejor asesorado.

Al mismo tiempo se pretende potenciar el vínculo entre el ICAM y la sociedad civil . El propio colegio está abierto a las consultas que los ciudadanos hagan a nuestra sección de consumo. En el caso que necesitasen la asistencia jurídica gratuita se canalizaría directamente.

Muchos de los abogados del ICAM que han trabajando el tema de preferentes se les ha exigido que hicieran los cursos de consumo nuestros para mejorar su preparación. Así el ciudadano tenía claro de contar con un abogado con experiencia y con la formación adecuada para defender sus ahorros de toda una vida.

 

 

 

 

 

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