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Continuando con los Blogs sobre Gestación subrogada, en el Post de hoy os vamos a dar algunas pinceladas sobre la situación de los hombres en relación con esta técnica reproductiva.

 

1.- ¿QUÉ ES?:

La Gestación Subrogada o gestación por sustitución, -mal llamada maternidad subrogada, maternidad suplente, vientre de alquiler o vientre sustituto-, es una técnica de reproducción asistida por la que una mujer accede a gestar el hijo de otra persona.

Esta técnica consiste en la creación de uno o más embriones mediante fecundación in vitro en un laboratorio y la posterior transferencia al útero de la gestante.

El embrión será creado por el deseo de los futuros padres. Por ello, en la medida de lo posible, los óvulos y espermatozoides utilizados serán aportados por los padres de intención. En caso contrario, se utilizarán óvulos y/o semen de donantes.

 

2.- ¿QUIÉN?:

Como ya os adelantamos en anteriores publicaciones, aunque hay muchos países donde poder realizar estos procesos, no todos aceptan a parejas gays o varones solteros, ya que en la mayoría de casos sólo se permite el acceso a esta técnica a parejas heterosexuales con problemas médicos acreditados.

No obstante, si hay Estados donde se permite.

Tal y como os hemos venido indicando, si tomáis la decisión de iniciar uno de estos procesos, os recomendamos que os asesoréis previamente para evitar abusos y costes innecesarios; para conocer la posición de España en relación con la legislación del Estado que hayas elegido; para saber que trámites tendréis que realizar aquí para el reconocimiento del niño como hijo vuestro y para aseguraros que el resto de personas involucradas, sobretodo la gestante, son respetadas.

 

3.- ¿DÓNDE?:

Actualmente, y pese a lo que puedan publicitar agencias sin escrúpulos, solo hay tres países que permiten a los hombres homosexuales, casados o solteros, realizar un proceso de Gestación subrogada con todas las garantías:

 

A.- CANADÁ:

Canadá cuenta con una Ley que, de algún modo, ampara la Gestación subrogada para extranjeros.

Entre las ventajas de este destino están los costes del proceso (muy reducidos por ser una Ley altruista, aunque hay que compensar determinados gastos) y, fundamentalmente, que el proceso finaliza con una Sentencia judicial de filiación que evita trámites posteriores.

Correlativamente y como desventajas tenemos que, al ser una Ley altruista, que limita el importe que puede percibir la gestante como compensación y puesto que, en el país vecino, Estados Unidos, los importes para las gestantes se duplican, es relativamente frecuente que las gestantes canadienses exijan sumas similares con posterioridad al embarazo. Esto no sólo es un abuso, sino que, además, pagar el exceso exigido, es un delito penal según la Ley canadiense.

Con ello te queremos decir que, si optas por este destino, debes tener esas situaciones previstas y resueltas antes de iniciar el proceso para evitarte sorpresas desagradables.

Además y como está prohibida la intermediación, a los extranjeros les resulta complicado encontrar la gestante que inicie su proceso (Artículo 6 de la Assisted human reproduction act 2004 de Canada ).

También resaltar que las sanciones al incumplimiento de esta Ley son importantes, luego si alguna empresa te ofrece intermediar para realizar un proceso en Canadá, has de saber que, no sólo comete un acto ilegal, sino que te implica a ti en ello.

En conclusión, la Ley de Canadá se hizo para los canadienses que, teniendo una familiar o amiga que gratuitamente se quisiera prestar a gestar a su bebé, pudiera hacerlo con garantías legales para todas las partes. No se hizo para los extranjeros, por lo que dicha Ley tiene lagunas lógicas para ellos.

Además, la Clínicas son de tamaño muy reducido, con tiempos de respuesta y canales de comunicación limitados; las autoridades consulares españolas tienen una actitud ambigua al respecto y existe opacidad en la cobertura sanitaria a los bebés nacidos por Gestación subrogada de extranjeros (algunos hospitales han emitido facturas a los padres españoles por este concepto y otros no).

B.- ESTADOS UNIDOS:

Estados Unidos fue la pionera en estos procesos.

Con distintas legislaciones en cada Estado, California es el que más procesos realiza por la ausencia de restricciones.

Una de sus ventajas es que, junto con Grecia (país que no permite el proceso para solteros) y Canadá, son los únicos países que entregan una Sentencia judicial de filiación que, posteriormente es reconocida por las autoridades españolas, lo que evita algunos trámites posteriores.

También y por los años de experiencia, sus clínicas son de alto nivel y las agencias intermediadoras son muy efectivas.

Correlativamente y como desventajas reseñar que, además de que es el país más caro para realizar el proceso, no cuentan con un sistema de Seguridad Social, por lo que la medicina es privada. Por lo tanto, en un proceso de Gestación subrogada, si se produce algún imprevisto que requiera gasto médico, deberás pagarlo (P. Ej.: necesidad de incubadora) y suelen tener unos costes muy elevados.

En conclusión, Estados Unidos es el país que más garantías y seguridad ofrece, pero correlativamente, es el más caro no sólo por los gastos del proceso en si sino por los desplazamientos, estancias y complicaciones médicas que puedan surgir.

C.- RUSIA:

Rusia es la gran desconocida a pesar de que lleva más de 15 años realizando procesos de Gestación subrogada.

La Ley rusa, permite expresamente realizar procesos de Gestación subrogada a Parejas heterosexuales casadas, Parejas heterosexuales solteras y Mujeres solteras.

La ausencia de mención expresa a los hombres solteros no impide que lleven muchos años accediendo a estos procesos, pues hace 15 años varios varones solteros, iniciaron sus procesos de Gestación subrogada y cuando fueron a inscribir a sus hijos el Registro Civil se lo denegó (como sucedía en España al principio). Recurrieron esa decisión ante sus Tribunales y, finalmente, el Tribunal Constitucional les dio la razón. Todo ello ha hecho que, en la práctica, los hombres lleven más de 12 años, teniendo acceso a estas técnicas e inscribiendo a sus hijos sin dificultad.

En cuanto a las ventajas de este destino son, en primer lugar, que existe Seguridad Social, luego tanto el niño como la gestante están cubiertos frente a posibles gastos médicos imprevistos.

En segundo lugar, es un destino más cercano y económico que Estados Unidos.

Además, el niño es inscrito en la partida de nacimiento a nombre del padre de intención y de la gestante, (aunque ésta pierde sus derechos), todo eso permite la inscripción del nacimiento en el Registro civil, sin problemas.

Otra cuestión importante es que la gestante renuncia de antemano a sus derechos sobre el niño, luego si en un futuro, quieres que tu pareja adopte al bebe, evitas el desplazamiento de la gestante a España ya que, como la Ley española exige su ratificación, esta ya la tienes al haberla obtenido previamente ante el consulado de España.

Correlativamente, la desventaja está en que no hay Sentencia judicial de filiación, con lo que tendrás que realizar varios trámites administrativos posteriores.

En conclusión, Rusia es actualmente el principal destino para los padres gays, o solteros, porque el coste es inferior en más de un 50 % al de Estados Unidos; el presupuesto suele ser cerrado y sin sorpresas; cuenta con programas con número de transferencias embrionarias y FIVs ilimitadas; algunos de los programas incluyen seguros múltiples (seguro médico de la gestante, seguro de deceso de la gestante o de la donante, seguro de deceso del bebé con reinicio de programa etc…) y existe la posibilidad de programa con selección de sexo.

No obstante, nuevamente recalcar que, antes de tomar esta decisión, debes infórmate bien de la Legislación del país dónde lo quieres realizar, de que los costes sean razonables y necesarios, de que no hay intermediarios superfluos, de los trámites que tendrás que realizar a la vuelta, de los derechos que amparan a las gestantes y, sobretodo, de que se garantiza su consentimiento libre e informado.

 

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