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En las últimas semanas os hemos mostrado tres formas de hacer Testamento y algunas ideas sobre posibles cláusulas, que pueden ser de utilidad durante el Covid-19. Hoy, y a modo de resumen, os vamos a dar unas pinceladas sobre todas ellas:

1.- INICIÓ:

En España los Testamentos deben hacerse ante Notario, salvo algunas excepciones muy concretas a las que podéis recurrir, en caso de que durante estos días necesitéis testar y, por diversos motivos (por ejemplo porque ya estés hospitalizado y los protocolos de sanidad no permitan la presencia del mismo o porque la limitación de los desplazamientos le impidan asistirte) no podáis contar con la presencia del Notario.

Lo fundamental es dejar claro que quieres hacer Testamento, que tienes capacidad para ello y qué quieres hacer con tus bienes. identificando a los herederos y, siempre, poniendo la fecha, la hora y la firma.

 

2.- CUÁNDO:

Hay tres posibilidades:

A.- TESTAMENTO EN CASO DE EPIDEMIA: Requisitos fundamentales

-Epidemia: No es necesario que el testador esté afectado por la enfermedad.

-Tres Testigos idóneos: Deben ser mayores de 16 años, entender el idioma del testador, tener conocimiento suficiente y no ser los herederos o legatarios, ni sus cónyuges o parientes directos.

B.- TESTAMENTO EN PELIGRO DE MUERTE: Requisitos fundamentales

-Peligro de muerte: Riego real de perder la vida.

-Cinco Testigos idóneos: Deben ser mayores de 18 años, entender el idioma del testador, tener conocimiento suficiente y no ser los herederos o legatarios, ni sus cónyuges o parientes directos.

C.- TESTAMENTO OLÓGRAFO: Requisitos fundamentales

-Manuscrito: Tiene que estar todo el escrito a mano por el testador. No sirven medios mecánicos ni redacción por un tercero.

-Mayoría de edad: Solo si tienes 18 años cumplidos efectivamente.

 

3.- CÓMO:

En uno de los últimos post subimos distintas cláusulas testamentarias para las situaciones más frecuentes:

-Testamento cuando tienes cónyuge e hijos mayores de edad.

-Testamento cuando tienes cónyuge e hijos menores o con discapacidad.

-Testamento cuando estás separado o divorciado y tienes hijos.

-Testamento cuando estás casado, no tienes hijos y tus padres viven.

-Y Testamento para las parejas de hecho con hijos.

 

Como siempre, para cualquier aclaración, no dudes en contactar con Implementa abogados.

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